Beneficios y requisitos de la nueva “Ley de Promoción del Empleo N° 19.973”
En caso de que la empresa se encuentre interesada en contratar nuevos trabajadores, les presentamos la Ley para que tengan en cuenta ya que se les brinda un apoyo económico importante.
¿Cuáles son las características del subsidio?
- Su duración será de un máximo de 12 meses, salvo excepciones.
- El subsidio implica créditos con respecto a obligaciones del BPS, y el monto será en proporción a la carga horaria contratada.
- Cada empresa puede contratar hasta el 20 % de su plantilla laboral por cada grupo social beneficiario.
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?
- Para poder acceder al subsidio, las empresas no pueden ser deudoras del BPS, MTSS o la DGI.
- Además, no deben haber despedido ni enviado al seguro de paro a trabajadores de la misma categoría laboral que los que se contratarán, en los 90 días previos, ni durante la duración del subsidio.
- Tampoco podrán contratar a parientes cercanos.
TIPOS DE CONTRATACION:
- MODALIDADES CONTRACTUALES APLICABLES AL SECTOR PRIVADO – JÓVENES
- Subsidio temporal para la contratación de Jóvenes desempleados (De 15 a 29 años. Contrato de 6 a 12 meses. Posible subsidio mensual desde $3.500 a $9.000)
- Primera experiencia laboral (De 15 a 24 años. Contrato de 6 a 12 meses. Posible subsidio mensual desde $3.000 a $7.500) SI ES MUJER TIENE MAYOR SUBSIDIO
- Práctica laboral para egresados (De 15 a 29 años. Contrato de 6 a 12 meses. Subsidio: 15% de las retribuciones mensuales del trabajador. Tope máximo del subsidio 15% de 2 SMN)
- Trabajo protegido joven (De 15 a 29 años. Contrato de 6 a 12 meses. Subsidio: de 40% a 80% de 2 SMN ) SI ES MUJER TIENE MAYOR SUBSIDIO
- Subsidio temporal para la contratación de mayores de 45 años (Mayores de 45 años en situación de desempleo. Contrato de 6 a 12 meses. Posible subsidio mensual desde $3.500 a $9.000) SI ES MUJER TIENE MAYOR SUBSIDIO
- Trabajo protegido mayores de 45 años (Mayores de 45 años en situación de desempleo pertenecientes a hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza. Contrato de 6 a 12 meses. Subsidio: de 40% a 80% de 2 SMN) SI ES MUJER TIENE MAYOR SUBSIDIO
- Subsidio temporal para la contratación de personas con discapacidad en situación de desempleo. (Personas con discapacidad que estén desempleadas. Contrato de 6 a 12 meses. Posible subsidio mensual desde $3.500 a $9.000) SI ES MUJER TIENE MAYOR SUBSIDIO
- PRÁCTICA FORMATIVA EN EMPRESAS – JÓVENES
(La práctica formativa es aquella que se realiza en el marco de propuestas o cursos de educación, formación o capacitación laboral de entidades educativas o formativas, con el objeto de profundizar y ampliar los conocimientos, de forma que permita al joven aplicar y desarrollar habilidades, conocimientos y aptitudes adquiridas en la formación y que son requeridos por el mercado de trabajo.)
- Práctica formativa remunerada (De 15 a 29 años que se encuentren estudiando una formación de tipo dual (INEFOP). Subsidio: De 50% a 75% de la remuneración mensual)
- Práctica formativa NO remunerada (De 15 a 29 años que se encuentren estudiando y el programa exija realizar una Práctica Laboral relacionada con sus estudios. Las prácticas formativas no deben tener remuneración. Deberá abonarse el seguro de accidentes y enfermedades profesionales del BSE. La práctica no podrá superar las 120 horas)
REQUSITOS GENERALES
- Estar en situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS.
- No tener rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría laboral que la persona joven a contratar, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).
- Tener 1 o más trabajadores en plantilla permanente.
- No estar registradas como "usuarios de servicios" en BPS.
- No ser suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio personal).
- Los contratos de trabajo para las modalidades subsidiadas, deberán tener una carga horaria mínima de 20 horas semanales.
- El plazo de prueba será de 45 días en contrataciones de 6 a 8 meses, de 60 días en contrataciones de 9 a 11 meses y de 90 días en contrataciones de 12 meses.
- No tener parentesco con los/as jóvenes a contratar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.
- Tope de contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de 5 podrán contratar hasta 2 jóvenes. Empresas de 1 a 5 trabajadores podrán contratar 1 joven. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).
- No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación.
- Contar con certificado o informe de cumplimiento emitido por la Comisión Nacional de Inclusión Laboral de Empresas con más de 25 trabajadores.
Si se desea más información sobre alguno de los subsidios, estamos a disposición para brindar detalles sobre el plazo y las remuneraciones.