Residencia Fiscal Uruguaya para personas físicas
Contenido
1- Condiciones objetivas
1.1- Permanencia por más de 183 días en territorio uruguayo durante el año civil.
1.2- Inversión en inmuebles por más de a 15:000.000 UI (Unidades Indexadas), USD 1.645.000 aprox. para residencia fiscal de 2020.
1.3- Inversión en inmuebles por más de a 3:500.000 UI (Unidades Indexadas), USD 384.000 aprox. para residencia fiscal de 2020, y se registre una presencia física efectiva en territorio uruguayo durante el año civil de, al menos, 60 días.
1.4- Inversión directa o indirecta en una empresa por un valor superior a 45.000.000 UI (Unidades Indexadas) (USD 4.934.000 aprox), que comprenda actividades o proyectos que hayan sido declarados de interés nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998, y su reglamentación.
1.5- Inversión directa o indirecta en una empresa por un valor superior a 15.000.000 UI (Unidades Indexadas) (USD 1.645.000 aprox) y se generen al menos 15 nuevos puestos de trabajo directo en relación de dependencia, a tiempo completo, durante el año civil.
1.6- Mayores ingresos por rentas de trabajo en Uruguay comparado uno a uno con el resto de los países del mundo.
1.7- Miembros de misiones diplomáticas, miembros de las oficinas consulares uruguayas, titulares de cargo o empleo oficial del Estado uruguayo, y similares que cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.
1.8- Intereses vitales en Uruguay.
2- Condiciones subjetivas.
2.1- Intereses económicos.
2.2- Intereses vitales en Uruguay.
3- Datos a completar en formulario 5202 versión 5.
4- Usuario gub.uy y Domicilio Electrónico.
5- Tributación en Uruguay de las personas físicas.